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Crímenes de odio en Ecuador: sin sentencias, protocolos y la eterna incógnita de cómo juzgarlos
La ley y el Código Penal incluyen las personas LGBTQ
Por Óscar Molina V.
GUAYAQUIL, Ecuador — Domingo, noche, mediados de enero de 2022.
Ronny (nombre protegido) estaba en una parada de bus entre las calles 38 y Portete, en el sur de Guayaquil. Llevaba 25 minutos esperando y, como no pasaba ningún bus, decidió caminar a la casa de su amigo en el barrio Los Ceibos. Era un camino conocido. Nunca le había pasado nada.
Ronny –drag queen, cantante, 23 años– iba distraído, contestando un mensaje. Levantó la vista un rato, vio la rampa del puente Portete que iba a cruzar y empezó a subirlas concentrado en el teléfono. De pronto, de la oscuridad, salieron dos hombres. Lo agarraron de los brazos y lo arrastraron a un zaguán.
–Había ropa rasgada, colchones rotos, preservativos. Pensé que iba a ser un robo diminuto, pero cuando me arrastraron allá me imaginé que me iban a violar.
Mientras uno lo retenía, el otro le quitaba el celular, el short, el boxer, los zapatos. Ronny se quedó solo en camiseta. Tres hombres más aparecieron. Ronny quiso gritar, pero le taparon la boca. Lo ahorcaron.
–Y me empezaron a decir: ¿Te gustan los hombres, maricón? ¿Te gustan? Aquí tienes cinco.
Ronny no podía respirar. Con sus últimas fuerzas, le arañó la cara a quien lo retenía. Los agresores se fueron: se asustaron.
–Eran jovencitos, de esos manes que recién comienzan. Al verme, asimilaron que era gay, débil, y que me iba a dejar nomás. Me atacaron con más saña por mi condición.
Desnudo y descalzo, Ronny fue hasta una gasolinera para pedir ayuda. No le hicieron caso. Una señora lo vio, le dio una pantaloneta y le prestó el teléfono para que llamara a la Policía. Cuando llegaron, los policías le dijeron que no podían hacer nada porque no había una denuncia.
Al día siguiente, Ronny fue a una de las delegaciones de la Fiscalía en Guayaquil. Se puso al final de la fila: había unas 30 personas delante suyo. Esperó 40 minutos y, cansado, se fue.
–Igual no creo que hubiera servido de nada quedarme y denunciar, porque ni investigan.
Ronny dice que tampoco sabía que podía haber denunciado lo que le pasó como un delito de discriminación o de odio. No sabía, ni siquiera, que esos delitos existen en Ecuador.
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Los delitos de odio se incluyeron en la legislación ecuatoriana en 2009, en la Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal y al Código Penal, que mencionaba “cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas” a causa de su “orientación sexual o identidad sexual” (sic).
Actualmente, el Código Órganico Integral Penal (COIP), aprobado en 2014, tipifica el delito de odio. El artículo 177 define los “actos de odio” como cualquier acto “de violencia física o psicológica de odio” por razones de etnia, edad, “sexo, identidad de género y orientación sexual”, entre otros. La sanción para este delito es de uno a tres años de prisión.
Si la violencia mata a la persona, la pena es de 22 a 26 años.
En el COIP de 2014 también se incluyó el delito de discriminación en el artículo 176. En este caso, la persona que propague, practique o incite distinción, restricción, exclusión o preferencia por, entre otros motivos, identidad de género u orientación sexual, “será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
Juana Fernández, experta en género de la Fiscalía General de Estado, ejemplifica cada delito:
– Un delito de discriminación, por ejemplo, es si llego a un establecimiento de salud, soy una mujer lesbiana, pido atención gineco-obstétrica e indico que tengo relaciones sexuales con mi pareja, y el médico se asusta y me dice que no atiende a mujeres lesbianas. Está ejerciendo un acto de exclusión de mi derecho a la salud por mi orientación sexual, mi identidad y mi proyecto de vida. Si fuese un delito de odio, puede ser que, en esa revisión, el médico me empuja y me lastima con el aparato que usa para revisar mis órganos genitales.
El caso de Siri Daniela Aconcha, una mujer trans migrante de 22 años, configuraría un delito de discriminación. En abril de 2022, en una consulta en el hospital público Eugenio Espejo, en Quito, le fue negado su derecho a la salud. Aconcha denunció que el médico que la atendió le dijo que la transexualidad “es un trastorno” y amenazó con borrar sus datos del sistema.
Las implicaciones y consecuencias de los delitos de discriminación y de odio son claras. Pero la aplicación específica del delito de odio aún es un terreno movedizo.
Tesis y artículos que lo analizan coinciden en que la “subjetividad” de este delito es problemática. Abogados y jueces –indican estos análisis– tendrían dificultades para probarlo y juzgarlo como tal, pues se basa “en un elemento meramente subjetivo” como los sentimientos, “específicamente el odio”.
En un artículo de 2013 al respecto, Vicente Robalino Villafuerte (+), entonces juez de la Corte Nacional de Justicia, concluye que, incluso, “resulta peligroso cuando las emociones son objeto de norma y no los bienes jurídicos aportados por la carta constitucional, dejando así a la administración de justicia en un debate de emociones y no de conceptos jurídicos”.
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–No es difícil investigar un delito de odio si se tienen los elementos probatorios y las experticias periciales para hacerlo.
Lo dice Christian Paula, abogado, docente de la Universidad Central del Ecuador y miembro de Fundación Pakta. Paula reconoce la subjetividad de este delito y explica que ésta se refiere al móvil o al motivo que lo provoca.
–Lo que hay que entender es que hay un prejuicio subjetivo instalado en la persona agresora. La Fiscalía y los abogados de la acusación particular, entonces, deben tener la argucia para recaudar material probatorio coyuntural y psicológico del móvil del agresor.
Para eso, agrega, se debería hacer una pericia psicológica, otra de contexto –para saber cómo fue criada esa persona, su historia– y una de contexto de género, para identificar los prejuicios del agresor.
–Pero el problema –opina Paula– es que hay una deficiencia muy fuerte en servicios periciales en Ecuador.
Paula dice, además, que el artículo 81 de la Constitución establece la creación de “procedimientos especiales y expeditos para el juzgamiento y sanción” de delitos de violencia intrafamiliar, sexual, y crímenes de odio. Para los últimos, menciona los delitos contras niñas, niños, adolescentes y, entre otros, a “personas que, por sus particularidades, requieren una mayor protección”.
Incluso, según el mismo artículo, “se nombrarán fiscales y defensoras o defensores especializados para el tratamiento de estas causas, de acuerdo a la Ley”.
En 2014, un grupo de mujeres presentó una acción de inconstitucionalidad por omisión ante la Corte Constitucional debido a que la Asamblea no había creado dichos procedimientos. La Corte falló a favor.
–Pero la reforma para crear los procedimientos especiales y expeditos –dice Paula– recién se hizo en 2019. Y se colocó solo para los delitos de violencia psicológica contra las mujeres, y no desarrollaron los procedimientos especiales y expeditos penales para los delitos de odio (contra personas LGBTIQ+). Entonces la Asamblea sigue incumpliendo esta sentencia de la Corte Constitucional y el mandato de la Constitución.
Pedro Gutiérrez Guevara, abogade investigadore de Kuska Estudio Jurídico, considera por su parte que es complicado “regular” el odio.
–Sobre todo porque eso, hoy en día, nos pone en una tensión con lo que significaría patologizar a las personas agresoras o perpetradoras (…) Porque a veces con el odio, y con la patología, lo que sucede es que hay una institución que debe encargarse de eso, hay un profesional o una ciencia que tiene que encargarse de eso, porque es básicamente como una enfermedad que alguien tiene.
De ahí que Gutiérrez propone dejar de hablar de odio para hablar de violencia por prejuicios, pues éstos son generados por distintos sectores de la sociedad.
“Resulta problemático que el delito de odio en su redacción no prevea un elemento social/cultural que deba ser investigado, ya que los prejuicios no son construcciones aisladas, son sociales y funcionan en imaginarios colectivos”, escribe Guitiérrez en un artículo titulado (Re)pensar el delito de odio en Ecuador a partir de la muerte violenta de Javier Slater Viteri Alburqueque, incluido en un boletín dedicado al análisis jurídico, social y mediático de este caso de una muerte violenta de un joven homosexual en Arenillas, provincia de El Oro.
–En la violencia por prejuicio –añade– también podemos disputarle cosas al Estado. Porque aunque los prejuicios los generan distintos sectores de la sociedad, quien debería combatirlos, principalmente, es el Estado.
Para Gutiérrez, además, es necesaria una autocrítica frente al “discurso punitivista” que ve en el encarcelamiento “sin privilegios” una forma de castigo justa. Ese “reformismo penal que legitiman ciertos activismos LGBTIQ+”, escribe Gutiérrez en su artículo, “lo que permite es que ‘las malas personas’ terminan sobreviviendo en un sistema carcelario fallido”.
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Stella Zonin Massi, abogada especialista en derechos humanos y género, dice que los prejuicios y la falta de perspectiva de género de los operadores de justicia también inciden directamente en esta problemática.
Zonin Massi investigó la dificultad de sancionar penalmente los delitos de odio hacia la comunidad LGBTIQ+ en Ecuador. En 2020 –dice– encuestó por su cuenta a 72 empleados judiciales a escala nacional –entre jueces penales, fiscales, secretarixs, asistentes– y entrevistó a tres autoridades.
–Y la conclusión –dice Zonin Massi– fue que no tienen claro cuál es el protocolo para investigar un delito de odio porque es muy “subjetivo”. Algunxs incluso decían que no saben la diferencia entre orientación sexual e identidad de género. Lo común, entonces, es que, por facilidad, apliquen un delito más utilizado, como el asesinato.
Paula concuerda con lo de dicha “facilidad” y agrega que otro problema es que, al momento de poner la denuncia, la víctima no puede indicar en los formularios cuál es su orientación sexual o su identidad de género.
Juana Fernández, experta en género de la Fiscalía, reconoce la falta de esas categorías en los formularios.
–Hemos implementado una reingeniería en el SIAF (Sistema Integrado de Actuaciones Fiscales) que contempla diferentes categorías de género y sus subcategorías, para mejorar esa data estadística de los casos y de las múltiples vulnerabilidades que atraviesan a una víctima. Por ejemplo, si es mujer, afrodesciente, lesbiana, etc. La idea es tenerlo listo a finales de año o a inicios del año que viene.
–¿Hace falta, sin embargo, más sensibilización para los operadores de justicia sobre este tema?
–Por supuesto, siempre digo que, para la mejora contínua, hay que partir desde el reconocimiento legítimo de que nos falta mucho por hacer. No invisibilizar ese reto y ese desafío (…). Tenemos también la dirección de Capacitación y Fortalecimiento Misional. Ellos están trabajando en programas de sensibilización frente al manejo y abordaje de casos con grupos históricamente vulnerados.
Guido Quezada, director de Capacitación y Fortalecimiento Misional de la Fiscalía, indicó a través de correo electrónico que 78 servidores de la Fiscalía “aprobaron” el curso virtual Transversalización del Enfoque de Género en el sector público y privado, organizado por el Ministerio de Trabajo en junio de 2021.
En junio de 2022, la misma dirección, según Quezada, “coordinó” la participación de 40 servidores públicos en el curso virtual Desde adentro: Juntxs contra las violencias y discriminación por orientación sexual, identidad de género y/o canon corporal, organizado por la Secretaría de Derechos Humanos.
Quezada añadió que la dirección tiene planificado ejecutar otro “módulo” titulado Violencia de Género – Eje temático sobre la comunidad LGBTIQ, dirigido a fiscales, secretarios, asistente de fiscal personal de la Unidad de Atención en Peritaje Integral (UAPI) y servidores de Direcciones de las provincias de Azuay, Guayas, Galápagos, Pichincha y Manabí” (sic).
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Desde 2014 hasta mediados de junio de 2022 (mes en que se pidió la información), la Fiscalía registraba 2.708 actos de odio en fase pre procesal y procesal penal (es decir, la etapa de investigación con víctimas, testigos, etc., y la etapa acusatoria, de defensa y de emisión de una sentencia). Al preguntar cuántos de esos actos de odio correspondían a casos de personas de la comunidad LGBTIQ+, la Fiscalía respondió por correo electrónico: “la variable de LGBTIQ+ no se refleja en nuestro sistema” (sic).
Y aclaró que, en la información enviada, el tipo penal actos de odio está “desagregado en forma general como “Genero”, que es lo que refleja nuestro sistema” (sic).
Entre 2014 y mediados de junio de 2022, la Fiscalía registró 142 “Actos de odio (violencia de género)” en fase pre procesal y procesal penal.
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Christian Paula, de Fundación Pakta, menciona al “caso Arce” como una sentencia ejemplar en la que, hasta ahora, se ha aplicado “de manera eficiente” el delito de odio. Este, de acuerdo con la Defensoría del Pueblo, es el primer caso de delito de odio racial sentenciado en el país.
Michael Arce entró a la Escuela Superior Militar Eloy Alfaro (ESMIL), en Quito, en 2011. Durante el reclutamiento, según la Fiscalía, fue “afectado física y psicológicamente por ser afroecuatoriano” por el teniente Fernando Encalada, su instructor.
Arce se retiró de la ESMIL por los maltratos y Encalada fue sentenciado a una pena de “cinco meses y veinticuatro días de prisión correccional”, como indica la sentencia, que incluyó también disculpas públicas.
Stella Zonin Massi, en cambio, nombra el caso de Javier Viteri como el primero hacia una persona de la comunidad LGBTIQ+ que podría y debería haber sido sentenciado como un delito de odio.
– Ese caso es claro. Ahí hubo saña. No le das 89 puñaladas a una persona solo porque sí. El delito principal era el odio. El militar que mató a Javier estaba motivado por el odio.
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Javier Viteri era un chico homosexual de 22 años que vivía en la ciudad de Arenillas, provincia de El Oro. Trabajaba de ayudante en un consultorio odontológico: quería ser médico. El 27 de mayo de 2020, Viteri chateó por el servicio Messenger de Facebook con Hilmar Corozo, de 19 años, conscripto de las Fuerzas Armadas. Lo hizo 10 horas antes del encuentro por la noche.
Corozo fue a la casa de Javier y, 25 minutos después, salió corriendo de ahí, según recoge diario Extra. Cuando los amigos de Viteri entraron a su departamento –donde habían estado unos minutos antes–, lo encontraron muerto. Corozo lo había apuñalado en el cuello, la espalda, el abdomen y el tórax.
–Dentro la instrucción fiscal aparecían elementos que de, alguna u otra manera, hacían entender que estamos hablando de un delito de odio– dice Michael García Jaramillo, abogado de la familia Viteri.
– ¿Qué elementos?
– El chat que mantuvieron antes de lo ocurrido. Estamos hablando de dos personas de sexo masculino que tienen una conversación un poco más profunda, en el sentido de lo que podría llamarse algún tipo de relación. Otro elemento de convicción es que suben al departamento solo dos personas. Y la modalidad, el modus operandi: matar a una persona con cerca de 99 puñaladas. Pero, bueno, esas son potestades única y exclusivamente de Fiscalía.
El 9 de junio de 2020, la Defensoría del Pueblo emitió un comunicado en el que instó, sobre todo a la Fiscalía, a que se investigara el caso de Javier Viteri como un delito de odio.
La Defensoría del Pueblo, en el pronunciamiento, “deplora el posible cometimiento de un delito de odio, omitido por el fiscal a cargo, quien, según el reporte de medios de comunicación públicos y privados, habría formulado su acusación por el presunto delito de robo con resultado de muerte, mientras el juez de turno ordenó la investigación por el delito de asesinato”.
Tres días después, el 12 de junio, la Alianza por los Derechos Humanos Ecuador, conformada por cerca de 30 organizaciones, emitió una alerta en la que señaló que la muerte de Viteri “configura un delito de odio y debe ser investigado de forma exhaustiva”.
Luego de un año, un mes y 10 días de la muerte de Viteri, como indicó le abogade Pedro Gutiérrez en Twitter, Corozo recibió una condena de 34 años y 8 meses por el delito de asesinato. La compensación para la familia, además, se fijó en 50 mil dólares.
🏳️🌈🇪🇨 Luego de 1 año, 1 mes y 10 días se dicta sentencia condenatoria de 34 años y 8 meses contra Hilmar Corozo por la muerte violenta del joven gay #JavierViteri por asesinato en Arenillas. Un caso que nos deja para pensar el subregistro del delito de odio y el punitivismo
— Pedro Gutiérrez Guevara (@GuevPedro) July 7, 2021
–¿Habría sido importante que se lo formulara como un delito de odio?
–Lo que mis clientes buscaban, los papás del hoy occiso, era justicia. Y si me preguntas a mí como abogado, pues, la justicia llegó, llegó. Más allá de que se haya imputado por A o B motivo– dice Michael García Jarramillo, abogado de la familia Viteri.
Juana Fernández, experta en género de la Fiscalía, acota:
–La valoración de la prueba no le corresponde a la Fiscalía, sino le corresponde al juez. Y quien efectivamente sanciona es el juez (…). Desde la dirección de Derechos Humanos emitimos un informe pormenorizado de estándares internacionales de derechos humanos a favor de que se tipifique por delito de odio. Sin perjuicio de ello, a pesar de reunir todos los elementos, el juez, al valorar la prueba, consideró que se debía sancionar por asesinato.
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–Es lamentable (lo ocurrido con el caso Javier Viteri), porque si bien estamos luchando por leyes, reconocimientos, tipificaciones, condenas, etc., lamentablemente estas se enmarcan alejadas del marco que tiene que ver con respecto a las poblaciones LGBTI.
Es la opinión de Diane Rodríguez, directora de la Asociación Silueta X, y directora nacional de la Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBTI. Silueta X ha recogido información sobre asesinatos desde 2013 y elabora el infome Runa Sipiy sobre “asesinatos, muertes violentas, no esclarecidas, muertes sospechosas de criminalidad, intentos de asesinatos, secuestros y torturas” de personas de la diversidad sexo genérica.
En 2021, según este informe, hubo 15 asesinatos a personas LGBTIQ+: 10 corresponden a mujeres trans y 5 a hombres homosexuales.
Hasta junio de 2022, dice Rodríguez, ya se registraban 16, y es probable que, hasta fin de año, se dupliquen.
– ¿Puede haber, entonces, un subregistro de delitos de odio hacia la población LGBTIQ+?
Rodríguez responde:
– O sea, no vamos a negar que, si matan a una persona de la diversidad, de repente no tiene que ver con que quien mata odia a personas gays, lesbianas, bisexuales o trans (…). El problema es que no se investigan los casos. El ecuatoriano común, en este momento, está viviendo lo que hemos vivido las personas LGBT desde hace años: te matan y nadie va preso. Esto nosotros lo hemos experimentado siempre.
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Radicado por 3ra vez en Congreso de Colombia proyecto de ley que prohíbe las prácticas de ‘conversion’
La representante Carolina Giraldo se presentó el propósito
Por tercera ocasión, el Congreso colombiano estudiará un proyecto de ley que busca prohibir las denominadas prácticas de conversión en Colombia conocidas como los ECOSIG, o Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género, que son “herramientas” de diferente tipo (sesiones psicologías, psiquiatría, religiosas, etc.) para “corregir” la orientación sexual mediante maltrato y confusión a las personas.
El trámite legislativo ha fracasado en las dos legislaturas anteriores al no obtener los apoyos suficientes en las cuatro rondas de discusión exigidas para convertirse en ley de la República.
Este proyecto presentado por la representante Carolina Giraldo ante la Cámara de Representantes tiene como objetivo proteger la dignidad humana y garantizar la autonomía de todas las personas en cuanto a su orientación sexual, identidad y expresión de género.
Prohibir estas prácticas de maltrato representa un paso crucial en la lucha por erradicar la violencia contra la diversidad sexual y de género, promoviendo un país más inclusivo y respetuoso de los derechos humanos. Es una iniciativa que busca proteger la identidad sexual de cada persona, ya sea heterosexual o parte de la comunidad LGBTQ, para evitar que alguien en Colombia sufra por la imposición de una orientación sexual o identidad de género que no le corresponde.
La propuesta ha sido respaldada por varios parlamentarios y organizaciones defensoras de los derechos humanos, como la Fundación Sergio Urrego, la Cámara de la Diversidad, Colombia Diversa y Caribe Afirmativo. Además, cuenta con el apoyo de valientes sobrevivientes de los ECOSIG que han decidido transformar su dolor en esperanza, levantar su voz y unirse a la causa para evitar que más personas sufran los efectos devastadores de estas prácticas inhumanas.
El proyecto de ley pone énfasis en prevenir y prohibir estas intervenciones forzadas, mal llamadas “terapias de conversión”, que intentan cambiar la orientación sexual o identidad de género de las personas, bajo el pretexto de “curar” algo que no es una enfermedad.
Según la OMS, las orientaciones sexuales e identidades de género no son patologías, y cualquier intento de “curación” constituye una violación a los derechos humanos fundamentales.
La iniciativa refuerza la protección a las personas de ser sometidas a estas prácticas de conversión con la creación de un delito autónomo.
“Trabajamos junto a sobrevivientes y sus familias para detener estas prácticas en Colombia y evitar más sufrimiento”, señaló Giraldo.
Hay que aclarar que el proyecto no aborda temas relacionados con procesos de hormonización o reafirmación de género, que son decisiones personales y asistidas por profesionales médicos, sino que se enfoca exclusivamente en la prohibición de las prácticas coercitivas de conversión.
La campaña de apoyo a esta iniciativa ha tomado fuerza en redes sociales con los hashtags #QuiéreleSiempre y #NadaQueCurar, mensajes dirigidos a las familias de personas con identidades sexuales diversas, alentándolas a que brinden su apoyo incondicional y amor a sus seres queridos.
Nota editorial: “Desde OrgulloLGBT.co acompañamos como siempre el proceso legislativo de este proyecto hasta que sea materializado como una ley en el país, con la esperanza de que Colombia se convierta en un referente de respeto hacia la diversidad sexual y de género.” Ricardo Montenegro, director
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Impunidad y violencia contra las poblaciones LGBTQ en Honduras: el caso de Erlin Blandín
Joven gay murió de tres balazos el 14 de julio
TEGUCIGALPA, Honduras — Un desgarrador testimonio sobre los datos actualizados de la violencia contra la comunidad LGBTQ ofreció Nahíl Zerón, colaborador en Red Lésbica Cattrachas, en una reciente entrevista. Zerón subrayó las alarmantes cifras de asesinatos y la dificultad en la búsqueda de justicia.
El entrevistado inició explicando el meticuloso proceso de registro de la violencia contra personas LGBTQ. “Nos dedicamos a recolectar datos y analizar patrones de muerte por orientación sexual e identidad de género”, dijo.
Zerón trabaja para una de las organizaciones que han revelado una cruda realidad: desde 2017 a julio de 2024 se registran 263 muertes violentas de personas LGBTQ y cuatro personas diversas desaparecidas.
Además, de los 45 casos judicializados, sólo 11 tienen sentencia condenatoria.
Para realizar el registro de la violencia contra las poblaciones LGBTQ se toman en cuenta detalles como el tipo de arma utilizada y el modus operandi. Asimismo, se registra la ubicación de las heridas en el cuerpo de la víctima, el rango de edad y la ocupación de las personas asesinadas.
Lo amenazaron e incendiaron su casa
Entre los casos de violencia contra las poblaciones LGBTQ se encuentra uno particularmente representativo: el de Erlin Asbiel Blandín Álvarez, de 34 años de edad. El joven gay pasante de la carrera de Periodismo en la UNAH murió de tres balazos. Su caso ilustra cómo múltiples factores de riesgo pueden confluir en una tragedia.
Blandín denunció haber recibido amenazas de Franklin Eduardo Alvarado Medina. Interpuso una denuncia por amenaza y extorsión. Además, aseguró que Alvarado incendió su casa. Blandín les comentó a sus compañeros de universidad que Franklin Alvarado quedó en libertad. Según Nahíl Zerón, “no podemos decir que esto tenga vinculación, pero sí confirmamos que él había expresado esa preocupación”.
La impunidad es alarmante
Blandín no sólo era un periodista comprometido con su labor. También era un activista cercano a las comunidades más vulnerables. Cuando lo asesinaron el 14 de julio de 2024, en Laureles, departamento de Olancho, estaba temporalmente en esa comunidad debido a su trabajo de investigación. Su residencia oficial estaba en Tegucigalpa.
Los informes indican que recibió un balazos en la parte izquierda del tórax, otro en la clavícula izquierda y el último en la espalda. Además se reportó que los atacantes se desplazaban en una motocicleta, lo cual sugiere que el ataque fue premeditado.
La impunidad en casos como el de Blandín es alarmante. Nahíl Zerón mencionó que incluso cuando uno de los casos recibe una condena, no se reconoce la violencia motivada por orientación sexual o identidad de género. Esta situación refleja una grave falla en el sistema judicial hondureño que a menudo generaliza los homicidios sin considerar los prejuicios específicos que los motivan.
Según Zerón, 2023 fue el año más violento para personas LGBTQ en Honduras desde 1994, con un total de 52 asesinatos registrados. Este aumento en la violencia genera un ambiente de miedo y desconfianza en las autoridades. Las personas LGBTQ sienten que sus vidas no son valoradas ni protegidas por el Estado. Eso las obliga a vivir constantemente con el temor de ser las próximas víctimas.
Es imperativo que las autoridades hondureñas y la sociedad tomen medidas concretas para proteger a esta comunidad y garantizar que los crímenes de odio no queden impunes. La vida y la dignidad de las personas LGBTQ merecen ser respetadas y defendidas. Es responsabilidad de todos trabajar por un futuro más justo e inclusivo.
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Avanza la inclusión de poblaciones LGBTQ en Honduras
Se inauguró el Centro de Día de Somos CDC el 19 de julio
TEGUCIGALPA, Honduras — Facilitar un espacio para la población LGBTQ, personas con VIH y originarias es el principal objetivo del Centro de Día, inaugurado el 19 de julio pasado por el Centro para el Desarrollo y la Cooperación LGBTIQ+ (Somos CDC). El Centro aspira a convertirse en un lugar para la inclusión de poblaciones vulnerabilizadas.
Por medio del Centro de Día, Somos CDC busca facilitar el acceso a un espacio que permita a las poblaciones vulnerabilizadas realizar reuniones, podcasts, entrevistas o actividades físicas.
Un lugar físico accesible
Somos CDC impulsa el Centro de Día para responder a la necesidad de un lugar para la inclusión de poblaciones en el que tengan acceso a un entorno abierto.
Esta iniciativa complementa el trabajo de fortalecimiento de las organizaciones mediante un lugar físico donde llevar a cabo actividades sin altos costos de alquiler que a menudo impiden realizarlas.
El Centro de Día cuenta con una sala de reuniones equipada con aire acondicionado, televisor, sillas y servicio de internet. Este espacio para la inclusión de poblaciones vulnerabilizadas tiene también un estudio donde se podrá realizar cualquier contenido multimedia, espacio para entrevistas, podcasts, campañas, etcétera.
Además de reducir las barreras económicas, el Centro se propone como un espacio gratuito para que las organizaciones enfoquen sus recursos en la implementación de sus programas. En colaboración con entidades como Médicos del Mundo, ofrece servicios médicos especializados y apoyo psicológico, social y cultural.
El horario de funcionamiento del Centro de Día es de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Sus instalaciones están disponibles de manera gratuita para organizaciones y grupos que deseen realizar actividades. Las reservas deben coordinarse para asegurar la disponibilidad y el buen desarrollo de las mismas.
El objetivo a largo plazo es replicar este modelo en otras ciudades, ampliando el alcance y los beneficios del Centro. Por ahora, la comunidad está invitada a utilizar y promover este espacio, fomentando una verdadera inclusión y colaboración.
CDC, a un click
Somos CDC también cuenta con su página web, donde proporciona información detallada sobre su funcionamiento y actividades. Según uno de los representantes, diseñaron la web para ofrecer acceso a recursos y permitir a las personas obtener información sobre los servicios disponibles.
El portal ofrece una introducción a las actividades del centro, incluyendo programas de participación en ciencia política, acceso a la justicia y desarrollo económico, así como programas de comunicaciones para el cambio cultural. En las redes sociales como Instagram y YouTube se presentan actividades y contenidos educativos y de sensibilización.
Además, la web incluye un formulario para consultas y sugerencias que ofrece un canal directo de comunicación con el equipo del Centro. También se proporciona información sobre la misión, visión y metodología de trabajo del centro, así como detalles sobre los valores organizacionales y la estructura del equipo.
Un aspecto importante del portal es la inclusión de sistemas de cuentas y estadística, que registran datos relevantes sobre la población vulnerable. Estos sistemas permiten un seguimiento detallado de temas como la migración, la violencia contra la población LGBTQ y los crímenes de odio.
En resumen, CDC no sólo se posiciona como un lugar físico de apoyo e inclusión. Es también un recurso digital integral que facilita la participación y el acceso a la información para todos los interesados.
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Corte Constitucional de Ecuador insiste a Asamblea que apruebe ley sobre reproducción asistida
Legisladores no han cumplido con una sentencia de 2018
La Corte Constitucional nuevamente señaló a la Asamblea por incumplir con una sentencia en un caso relacionado a derechos de personas LGBTQ. En esta ocasión, en un fallo del 6 de junio de 2024, llamó la atención al Legislativo por no cumplir con el plazo dispuesto para regular los procedimientos médicos de reproducción asistida.
Estos métodos, generalmente usados por parejas con problemas de fertilidad o que no pueden concebir naturalmente, no están contemplados en la legislación ecuatoriana y son una opción para parejas de mujeres lesbianas que deciden procrear.
En mayo de 2018, la Corte Constitucional falló a favor del caso Satya. En la sentencia de ese año, ordenó al Registro Civil la inscripción de Satya como hija de Nicola Susan Rothon y Helen Bicknell. La niña fue concebida por reproducción asistida.
El Registro Civil se había negado a inscribir a Satya con doble filiación materna. Nicola y Helen iniciaron una lucha de casi 6 años para que el Estado reconozca la identidad de su hija.
En ese fallo de 2018, la Corte Constitucional declaró que se vulneraron derechos como identidad, igualdad y no discriminación, y familia en sus diversos tipos.
Además, dispuso a la Asamblea que hasta junio de 2019 “adopte las disposiciones legales necesarias para regular los procedimientos médicos de reproducción asistida”. Sin embargo, hasta la fecha el Legislativo no ha cumplido con esa disposición.
La Asamblea alegó a la Corte Constitucional que había aprobado los métodos de reproducción asistida en el Código Orgánico de la Salud en 2020, pero fue vetado totalmente por el expresidente Lenín Moreno. Aún así, desde el veto ha transcurrido más de un año para que el Legislativo pueda retomar el tratamiento de este tema y no lo volvió a hacer.
Por ese incumplimiento, la Corte dictó la sentencia del 6 de junio de 2024 en que llama la atención a la Asamblea, pero también ordenó a la Defensoría del Pueblo que, en un plazo de tres meses, elabore un proyecto de ley que regule los procedimientos de reproducción asistida. Este proyecto debe ser tramitado, debatido y aprobado de manera prioritaria por la Asamblea en un plazo máximo de 10 meses.
Esta sentencia fue notificada el 26 de junio de 2024. Por ello, hasta finales de julio de 2025, debería estar aprobada la ley.
Corte también se pronuncia por otra demora
La Corte Constitucional emitió este nuevo fallo tras analizar dos demandas de acción de incumplimiento de dos sentencias del organismo: caso Satya (2018) y caso Bruno Paolo Calderón (2017).
En este último, la Corte ordenó en mayo de 2017 a la Asamblea reformar la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles para permitir a las personas transexuales cambiar en la cédula de identidad el campo de sexo; si bien la norma pemitía reemplazar sexo por género, se creó dos sistemas de cedulación. Sin embargo, la Asamblea tardó más de seis años en cumplir con la sentencia.
Por esta demora, la Corte también llamó la atención al Legislativo en la reciente sentencia, pero en mayo de 2022 ya lo había hecho en otro fallo en que dio un ultimátum.
Una de las acciones de incumplimiento que la Corte analizó para la reciente sentencia fue presentada por la Asociación Silueta X en diciembre de 2021.
Sentencia de la corte constitucional 66-18-IS/24 reafirma #SexoEnLaCedula para personas Trans y permitirá avanzar en el proyecto de ley para Reproducción Asistida para LGBT+ (Parejas del mismo Sexo). Un avance importantísimo para nuestras poblaciones en Ecuador.
Sentencia… pic.twitter.com/duUjD9AO3h
— DIANE RODRIGUEZ (@DianeRodriguezZ) July 8, 2024
Diane Rodríguez, presidenta de la organización, destacó en sus redes sociales el fallo de la Corte y habló incluso de un proyecto conjunto entre Silueta X y la Defensoría del Pueblo, pero la sentencia solamente otorgó esta atribución a este último organismo en coordinación con el Consejo Nacional de Igualdad Intergeneracional.
Sumilla: 47 inscripciones de progenitoras
Tras la sentencia del caso Satya, el Registro Civil ha realizado 47 inscripciones de nacimiento solicitadas por progenitoras del mismo sexo.
Estas inscripciones se registraron desde julio de 2018 hasta junio de 2024, según información proporcionada por la institución a este medio de comunicación.
Edición Cientonce también consultó por la inscripción de hijxs de parejas conformadas por hombres, pero el Registro Civil señaló que, conforme a la sentencia del caso Satya, realiza la inscripción de nacimiento en caso de progenitoras del mismo sexo por reproducción asistida.
“En cuanto a la inscripción de nacimiento de dos progenitores, la normativa vigente no habilita este tipo de casos”, indica la institución en la información enviada.
Sin embargo, la sentencia del caso Satya señaló también que el Registro Civil no podía alegar en las inscripciones de nacimiento la falta de ley para reconocer la doble filiación paterna o materna, y los diversos tipos de familia.
Pese a esta regla jurisprudencial que emitió la Corte en la sentencia, ha habido casos como el de Denise y María, quienes por dos años no pudieron registrar a su hija Raphaella con doble filiación materna. Ellas la concibieron por inseminación casera y tuvieron que recurrir a la justicia para lograr la inscripción.
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Unas 24 mil personas participan en marcha del orgullo en la capital salvadoreña
Evento anual es un símbolo de resistencia y esperanza
SAN SALVADOR, El Salvador — El 29 de junio, aproximadamente 24.000 personas se reunieron en la capital de El Salvador para participar en la marcha del orgullo LGBTQ, según datos compartidos por El Salvador G. A pesar de la persistente lluvia, el evento se desarrolló sin contratiempos, mostrando la determinación y el espíritu de la población LGBTQ y sus aliados.
La marcha no solo fue una celebración de la identidad y la diversidad, sino también un acto de protesta contra las políticas y acciones del gobierno que han afectado negativamente a la población LGBTQ. El Movimiento Ampliado LGBT+ de El Salvador, en sus declaraciones, señaló los múltiples desafíos que enfrentan.
“El escenario al cual nos enfrentamos es complicado no solo para nosotres, sino también para todos los ámbitos de la movilización social. Como Movimiento Ampliado LGBT+ de El Salvador, reconocemos los retrocesos que han marcado los últimos cinco años”, declara el colectivo.
Entre los retrocesos mencionados están la disolución de la Dirección de Diversidad Sexual, la derogación del decreto ejecutivo 56 que prohibía la discriminación por orientación sexual e identidad de género, y la exclusión de la atención en salud pública y educación. Además, han sido archivadas propuestas legislativas clave como la Ley de Identidad de Género y la Ley por la Igualdad y No Discriminación. Estos eventos, junto con una reelección presidencial que consideran ilegítima, representan, según el movimiento, “el fin de 32 años de una democracia, que, aunque débil y homo, trans y cuirfóbica, no empujaba a sus detractores al exilio y no afectaba, como hoy, el goce de todos los derechos de todas las poblaciones”.
La marcha también sirvió como un espacio para exigir el respeto y la garantía de sus derechos humanos, contando con el apoyo de movimientos feministas, estudiantiles y de juventudes. En sus consignas, también se hicieron eco de luchas internacionales, mostrando solidaridad con los pueblos de Palestina, Ucrania, Armenia, República del Congo, Sudán, Haití y otros territorios afectados por regímenes antidemocráticos.
“Marchamos hoy en solidaridad con los pueblos de Palestina, Ucrania, Armenia, República del Congo, Sudán, Haití y otros territorios donde regímenes antidemocráticos violentan los derechos humanos de sus poblaciones”, declararon los organizadores. “Desde el pueblo salvadoreño, nos identificamos con sus situaciones y compartimos su lucha por la justicia y la libertad”.
Escenarios adversos
El pasado mes, la obra de teatro “Inmoral”, que pudo presentarse en la Gran Sala del Teatro Nacional de El Salvador, fue cancelada por el Ministerio de Cultura, mismo que había aprobado con anterioridad dicha puesta en escena, generando una ola de críticas y preocupaciones sobre la censura y la libertad de expresión por parte de la población LGBTQ, contra otra tendencia de comentarios en apoyo a la acción del gobierno del presidente Nayib Bukele.
Días después, la situación se intensificó cuando alrededor de 300 empleados del Ministerio de Cultura fueron despedidos, con el gobierno argumentando que estos empleados promovían “agendas incompatibles” con la visión oficial.
A través de X, Bukele defendió la medida, afirmando que no solo se buscaba alinear las políticas ministeriales con la orientación gubernamental, sino que también se pretendía generar ahorros en los fondos públicos. Esta justificación no ha mitigado las críticas de diversos sectores que ven en estas acciones un intento de limitar la diversidad de pensamiento y expresión en el ámbito cultural.
En paralelo, en Costa Rica, el presidente Rodrigo Chaves destituyó a la ministra de Cultura, Nayuribe Guadamuz, y al comisionado de Inclusión Social Ricardo Sossa. Esta decisión se produjo poco después de la polémica cancelación de la declaratoria de interés cultural para la Marcha de la Diversidad.
La situación de El Salvador ha resonado en foros internacionales; Ambar Alfaro, una activista independiente de la población LGBTQ, junto con una delegada del Colectivo Alejandría, asistió a la Asamblea General de la OEA 2024. Durante el evento, intentaron abordar al equipo acompañante de la canciller salvadoreña para discutir el futuro de las políticas gubernamentales hacia la población LGBTQ en El Salvador. Sin embargo, recibieron una respuesta negativa. Alfaro subrayó la contradicción en la disponibilidad del gobierno para reunirse con grupos pro-vida, incluyendo al controvertido Eduardo Verástegui, mientras evitaban el diálogo con representantes de la comunidad LGBTQ en dicha Asamblea.
Estas acciones han suscitado preocupaciones sobre el respeto a los derechos humanos y la diversidad cultural, subrayando la necesidad de un debate más amplio y una supervisión más crítica de las políticas gubernamentales. La cancelación de la obra “Inmoral” y los despidos en El Salvador, junto con los eventos en Costa Rica, plantean serias interrogantes sobre la dirección de la política cultural en la región y el compromiso con la inclusión y la diversidad.
La lucha del movimiento LGBTQ sigue
La Marcha del Orgullo, según el movimiento, “es una expresión poderosa de resistencia y esperanza”. Agregaron que celebran sus victorias, lloran sus pérdidas y renuevan su compromiso con la lucha por la igualdad, “marchamos para crear un futuro en el que todas las personas podamos vivir libres de violencia y opresión, donde la dignidad y la solidaridad prevalezcan sobre el odio, la discriminación y la violencia”.
La multitud que participó en la marcha, incluyendo personas de todas las edades y procedencias, demostró la creciente aceptación y el apoyo a la comunidad LGBTQ en El Salvador. Las banderas arcoíris y de las diferentes expresiones de la diversidad sexual, los mensajes de amor y aceptación, y las expresiones artísticas en forma de música, danza, acróbata, entre otras, llenaron las calles, convirtiendo la marcha en una colorida celebración de la diversidad y una protesta llena de color.
El evento culminó en El Salvador del Mundo, con discursos y llamados a la acción por parte de líderes del movimiento, instando a todos los presentes a seguir luchando por una sociedad más justa e inclusiva. Les líderes y activistas recordaron la importancia de la solidaridad y la unión en tiempos difíciles, destacando que cada persona tiene un papel que desempeñar en la construcción de un futuro mejor para todos/as.
La marcha del orgullo LGBTQ de este año en El Salvador fue más que una celebración; fue una declaración contundente de resistencia contra la opresión y un llamado a la solidaridad internacional. En un contexto de retrocesos políticos y sociales, la población LGBTQ y sus aliados demostraron que, a pesar de las adversidades, la lucha por la igualdad y la justicia continúa.
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Se hunde el proyecto de ley que buscaba prohibir las terapias de conversión en Colombia
La OMS en 1990 dejó de considerar a la homosexualidad como una enfermedad
BOGOTÁ, Colombia — Por temas de trámite se hunde en la comisión primera del Senado el proyecto de ley que buscaba prohibir las mal llamadas “terapias de conversión” en Colombia.
Los conocidos técnicamente como “ECOSIG” son los tratamientos que mediante tortura física o influencia psicológica o religiosa buscan “corregir” la orientación sexual e identidad de género de las personas diversas.
A pesar que estaba en el orden del día de 11 y 12 de junio en la comisión primera del Congreso de Colombia, los legisladores no abordaron la discusión dejando pendiente este punto que por términos de tiempo en trámites deberá volver a ser presentada. Se necesitaban dos debates más para lograr que se hiciera realidad el anhelo de una legislación que prohíba esas prácticas de tortura en el país.
Es importante recordar que el 17 de mayo de 1990 la Organización Mundial de la Salud dejó de considerar a la homosexualidad como una enfermedad, retirándola del libro de enfermedades psiquiátricas; por tanto ningún profesional de la salud física o mental debería prestarse para tratamientos que “corrijan” la homosexualidad.
NADA QUE CURAR No es terapia … es tortura!
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Se conmemoran el día contra la LGBTQ+fobia en El Salvador
Directora de ASPIDH nota violaciones de derechos humanos en el país
SAN SALVADOR, El Salvador — Como en muchas partes del mundo, el 17 de mayo en El Salvador se conmemora el día internacional contra toda forma de discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género, ya que desde 1990 la Organización Mundial de la Salud sacó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales.
En ese concepto, diversas organizaciones LGBTQ+ coordinan en esta fecha, todo tipo de acciones para denunciar la discriminación, violencia y hostigamiento del que son víctimas las personas LGBTQ+.
La Asociación Solidaria Para Impulsar el Desarrollo Humano organizó una conferencia de prensa para presentar su posicionamiento, un conversatorio denominado “Gobierno vrs. Democracia inclusiva” para discutir sobre la realidad salvadoreña y un plantón a las afueras de un centro comercial populoso, para alzar la voz ante sus demandas al Estado salvadoreño.
En cada acto dejar claro entre sus palabras que no se reconocen muchos derechos a las personas LGBTQ+, como contar con una ley de identidad de género que permita el cambio de nombre y género para personas trans, garantizando así el derecho a la identidad de cada persona, pues este es un derecho fundamental.
Además, mencionaron que no se permite la libre expresión del género auto percibido en los centros escolares y esto lleva a una deserción escolar a temprana edad, dejando así a dichas poblaciones sin acceso a un trabajo formal con prestaciones sociales, dejando como única opción el trabajo sexual y el trabajo informal, de esta manera no se permite un desarrollo pleno y tampoco lograr tener una vejez digna, incrementando así la extrema pobreza y el alza de la migración en la población LGBTQ+.
Hay muchas violaciones a los derechos humanos hacia la población LGBTQ+ de acuerdo con Mónica Hernández, directora de ASPIDH.
“Antes del régimen de excepción había extorsión por los miembros de pandillas, ahora son los cuerpos uniformados, esos que deberían estar protegiendo la seguridad de nuestras poblaciones, ellos son ahora los principales ‘violentadores’ de derechos con el permiso del Estado”, ella aseguró.
Entre las exigencias que externaban estaba por ello, la aprobación de una Ley de Identidad de Género para personas trans, según los estándares internacionales emitidos en la opinión consultiva 24/7, el cual también fue un mandato de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia a la Asamblea Legislativa en El Salvador hace más de un año.
Para Hernández, el hecho de que el Estado no vele por hacer cumplir los derechos de toda la población por igual tiene que ver con que no se pueda contar con dicha ley.
“Hace falta llegar a la población en general, eso debería de ser acompañado por parte del Estado a través de campañas publicitarias donde se inste a respetar los derechos humanos de todas las poblaciones. Si esto existiera la población entendiera que mi identidad y expresión de género necesitan tener un documento de identificación que vaya acorde con mi con mi identidad y mi expresión de género auto percibida”, aclara al Washington Blade Hernández.
De acuerdo con la organización, el Estado Salvadoreño, está tratando de invisibilizar a la población LGBTQ+ en todo aspecto, otro ejemplo es en el Censo de Población y Vivienda de El Salvador 2024, dirigido por el Banco Central de Reserva que comenzó el 2 de mayo, en el cual no hay ningún apartado que hable sobre orientaciones sexual, identidades o expresiones de género.
“En el censo, solo está siendo tomado en cuenta el sexo asignado al nacer, hay en cencistas que específicamente dice cuál es su sexo cuando nació, no hay una tercera casilla, ahora se ha invisibilizado totalmente, o sea, no vamos a poder tener acceso a información pública que diga cuánta población LGBT hay actualmente”, expresó Fátima Ortiz, abogada de ASPIDH.
También exigen acceso a una salud integral, gratuita y universal para poblaciones clave, aclarando que esto es parte de lo que se retrocedió con el gobierno actual en el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación.
“Las organizaciones de sociedad civil teníamos trabajo avanzado, había un acuerdo con el Ministerio de Salud. Había un formulario para hacer una prueba de VIH donde se mencionaba explícitamente la orientación sexual, la identidad y la expresión de género de las personas, esos son datos súper importantes para el Estado que ahora ya no van a tener”, menciona Hernández.
Agrega que el Estado debe iniciar una lucha contra toda forma de discriminación hace la población LGBTQ+, apostarle a la formación educativa para las mismas y la reinserción social y laboral. Sin olvidar el visibilizar los casos de violaciones de derechos humanos a dicha población.
ASPIDH hace un llamado a la ciudadanía para que se unan a la movilización solidaria e incidencia política para el respeto y reconocimiento de los derechos humanos de la población LGBTQ+.
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Juez en Colombia suspendido por 15 años por negarse a casar a pareja del mismo sexo
Fue condenado ‘por desatender sus deberes y vulnerar el derecho de acceso a la justicia’
CARTAGENA, Colombia — La Comisión Nacional de Disciplina Judicial en su sesión del 10 de abril de 2024, ha confirmado una sanción ejemplar contra el Juez Décimo Civil Municipal de Cartagena, Ramiro Flórez Torres, quien se negó a casar a una pareja del mismo sexo, vulnerando así su derecho al acceso a la justicia. Este caso, que tuvo lugar en agosto de 2020, ha generado gran controversia debido a la firme postura del juez, quien priorizó sus creencias religiosas por encima de las leyes que respaldan estas uniones civiles.
Al recibir la solicitud de la pareja, Flórez Torres expresó abiertamente su desacuerdo, argumentando que el matrimonio entre personas del mismo sexo contradecía sus principios morales cristianos.
“Ello contraría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales, y cuando exista conflicto entre lo que dice la ley humana y lo que dice la ley de Dios, yo prefiero la ley de Dios, porque prefiero agradar primero a mi Señor Dios todopoderoso, antes que al ser humano”, dijo el juez Flórez Torres en su momento.
Esta negativa inicial no disuadió a la pareja, quienes recurrieron a otras instancias y finalmente lograron celebrar su matrimonio en 2021.
El caso ante la justicia disciplinaria:
Por su parte, la Comisión Seccional Disciplinaria de Bolívar profirió pliego de cargos contra el Juez el 27 de marzo de 2023 por desatender el deber consagrado en el numeral 10 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 230 de la Constitución, que le imponía aplicar los precedentes de la Corte Constitucional en materia de matrimonio igualitario, incurriendo en falta grave a título de dolo.
Las palabras del juez, que afirmó que su actitud no era discriminación sino una comprensión de las normas divinas, evidencian un conflicto entre la fe personal y el deber público. Sin embargo, las autoridades disciplinarias han sido claras en su dictamen: Flórez Torres enfrenta una inhabilitación de 15 años para ejercer cargos públicos debido a su falta grave de cumplimiento de deberes, según lo estipulado por la Ley 270 de 1996 y la Constitución.
Este caso no solo pone en relieve la importancia de separar las convicciones personales de la labor pública, sino que también resalta la necesidad de respetar y proteger los derechos de la comunidad LGBTIQ+. La resolución de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial es un paso significativo hacia la garantía de una ciudadanía plena para todas las personas en Colombia, independientemente de su orientación sexual o identidad de género. Es crucial que este tipo de decisiones no solo sancionen la conducta individual, sino que también sirvan como recordatorio de los valores de igualdad y no discriminación que deben prevalecer en una sociedad justa y equitativa.
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27 personas LGBTQ+ fueron asesinadas en Ecuador en 2023
Asociación Silueta X presenta el informe
POR VICTOR H. CARREÑO | GUAYAQUIL, Ecuador — La violencia criminal en Ecuador impactó por segundo año consecutivo en el número de asesinatos a personas LGBTIQ+. Según el informe Runa Sipiy, que anualmente presenta la Asociación Silueta X, por lo menos 27 personas de las diversidades sexogenéricas fueron asesinadas en 2023.
El año pasado fue el más violento en la historia de Ecuador con una tasa de más de 40 muertes por cada 100.000 habitantes, según la Policía. Este contexto incidió también en que 2023 sea el año con más casos de asesinatos y transfemicidios en el país desde 2010, de acuerdo a las cifras del informe.
Desde 2022 el número de crímenes contra personas LGBTIQ+ se ha incrementado. Ese año se reportaron 25 casos en un contexto de consolidación de las bandas narcodelictivas en Ecuador. En 2010, año que Silueta X inició con la recolección de muertes violentas, se reportaron ocho.
De los 27 asesinatos reportados en 2023, 23 están relacionados con delincuencia organizada y sicariato. Sin embargo, el mismo reporte aclara que el número real de asesinatos puede ser mayor por el subregistro de casos, pues no todos son denunciados.
David Gonzabay, coordinador de Silueta X en Guayaquil, señala que los casos de sicariatos deben ser investigados porque las víctimas no necesariamente estuvieron relacionadas con las bandas narcodelictivas.
“Muchas personas (víctimas de asesinatos) pertenecían a estratos vulnerables y eran un punto de atención para estas bandas criminales. Estos asesinatos se pudieron dar porque se rehusaron a pertenecer a estos grupos”, explica Gonzabay.
Desde 2022, organizaciones han denunciado que las mujeres trans que se dedican al trabajo sexual son víctimas de extorsiones y amenazas de las bandas narcodelictivas. Ese año, la activista Jéssica Martínez fue asesinada en Ambato después de denunciar amenazas por negarse a pagar las denominadas “vacunas”.
Este colectivo es el más vulnerable ante la escalada de violencia en Ecuador. De los 27 asesinatos reportados por el informe Runa Sipiy, 18 corresponden a mujeres trans.
El informe detalla que las cifras de asesinatos relacionadas con el crimen organizado exponen “la complejidad y gravedad de la violencia contra las personas LGBT+ y transgénero en Ecuador”.
“Estos hallazgos resaltan la necesidad de abordar no solo las consecuencias directas de estos actos violentos, sino también las estructuras sociales y criminales que perpetúan esta violencia”, señala el reporte.
El informe también menciona la crisis carcelaria y que las personas LGBTIQ+ privadas de libertad son vulnerables. Desde la declaratoria del conflicto armado interno, organizaciones han denunciado casos de mujeres trans que han sido víctimas de presuntas torturas durante las intervenciones militares.
Silueta X solicitó al Ministerio de la Mujer “pruebas contundentes” de que las mujeres trans no están siendo vejadas, pero hasta el cierre del informe no recibió respuesta.
Pedidos al Estado
Desde Silueta X y organizaciones aliadas, solicitan a la Fiscalía mayor celeridad en la investigación de delitos de odio contra personas de las diversidades sexogenéricas, pues la mayoría quedan en la impunidad.
Además, propone el fortalecimiento del Ministerio de la Mujer. Gonzabay explica que el incremento de asesinatos se ha dado en un contexto de debilitamiento del Estado y la escasa inversión en políticas públicas.
En lo que va de 2024, la Asociación Silueta X reporta 10 asesinatos contra personas LGBTIQ+. De ellos, 8 son transfemicidios.
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Congreso de Colombia avanza proyecto de ley para prohibir ‘terapias de conversión’
Cámara de Representantes respaldó el propósito con 97 votos a favor
BOGOTÁ, Colombia — El Congreso de Colombia ha dado un paso significativo hacia la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas LGBTQ+, al aprobar en segundo debate el proyecto de Ley 272, conocido como “Ley Inconvertibles”. Esta ley tiene como objetivo prohibir las mal llamadas terapias de conversión, que han sido denunciadas como una forma de tortura hacia individuos LGBTQ+.
En la sesión celebrada el 20 de marzo, el pleno de la Cámara de Representantes respaldó este proyecto con 97 votos a favor y 18 en contra. Esta medida llega en un momento crucial, en el que se reconoce la grave violación de los derechos humanos que representan las mal llamadas terapias de conversión.
Durante años, miles de personas tanto en Colombia como en todo el mundo han sido sometidas a estas prácticas, que buscan cambiar su orientación sexual o identidad de género mediante métodos coercitivos y dañinos. Estas acciones, justificadas bajo la falaz premisa de “corregir” una supuesta enfermedad, han resultado en actos crueles y deshumanizantes.
La aprobación de este proyecto en la Cámara de Representantes es un avance crucial en la lucha contra estas prácticas abusivas. Sin embargo, el proceso legislativo aún no ha concluido, ya que el proyecto debe pasar por un tercer debate en el Senado colombiano, dentro de un total de cuatro debates requeridos.
En respuesta a esta importante noticia, activistas han llevado a cabo una movilización en redes sociales bajo los lemas #NadaQueCurar y #NoEsTerapiaEsTortura, destacando la necesidad de poner fin a estas prácticas que constituyen una violación flagrante de los derechos humanos.
El proyecto pasa ahora al Senado de la República y se espera su aprobación a finales de 2024.
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